Migraciones internacionales: el ser humano como eje central de la política exterior

Por Miguel Yaksic Beckdorf

Yaksic, Miguel. 2021. ‘Migraciones internacionales: el ser humano como eje central de la política exterior’. Pp. 227—237 in Nuevas voces de política exterior: Chile y el mundo en la era post-consensual, editado por C. Bywaters C., D. Sepúlveda Soto, and A. Villar Gertner. Santiago, Chile: Fondo de Cultura Económica – Friedrich Ebert Stiftung – Instituto de Estudios Internacionales Universidad de Chile.

Extracto:

‘Alrededor del mundo, muchas políticas migratorias restrictivas han mostrado tener poco efecto en la regulación de flujos migratorios no deseados y no han sido capaces de organizar la migración de un modo seguro, ordenado y regular. Este capítulo explora algunas razones que explican la falta de éxito de la regulación migratoria en el mundo y en Chile y levanta, a partir de esas causas, la necesidad de que los Estados cuenten con políticas migratorias orientadas por el principio de regularización migratoria para aquellas personas migrantes que se encuentran en situación irregular y que, sin ser solicitantes de asilo o refugiados, se han visto forzadas a migrar. Una política migratoria que comprende las causas de la irregularidad, y que está orientada por tal principio, será aquella cuyo eje ético fundamental es la persona humana, su dignidad y sus derechos.

Diremos que una política migratoria no funciona cuando no consigue lograr los objetivos para los cuales fue diseñada. Es decir, fracasa cuando buscando restringir, regular y organizar un flujo migratorio termina por estimular el aumento de ingresos irregulares y fomentar la creación de redes de tráfico ilícito de personas.

Cómo proteger y asistir a esas personas que se han visto forzadas a dejar sus hogares, es una pregunta urgente y sujeta a múltiples consideraciones. En materia migratoria, los Estados suelen enfrentarse a una colisión entre dos bienes que son jurídicos, morales y sociales. De un lado el principio de la soberanía nacional, ampliamente reconocido en el derecho internacional y, de otro lado, el límite a esa soberanía constituido por la dignidad y los derechos humanos de todas las personas. Un Estado puede diseñar una política migratoria, establecer requisitos para permitir el ingreso y emitir certificados de residencia a personas extranjeras. También está autorizado para expulsar a una persona migrante que ha cometido un delito.[…]’

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